El producto amparado es el fruto de la especie vegetal Cicer arietinum L., del ecotipo local del Campo de Tejada y de las variedades registradas o que se registren del tipo comercial Lechoso.
Pertenecen a la categoría «Extra» de acuerdo con la legislación nacional y se comercializan envasados como legumbre seca. Se caracterizan por ser de calidad superior y sus granos presentan la forma, el aspecto, el desarrollo y la coloración característicos del tipo comercial. Están exentos de defectos, a excepción de muy ligeras alteraciones superficiales, siempre que éstas no perjudiquen el aspecto general, la calidad o su presentación en el envase.
Los garbanzos presentan un color blanco amarillento muy claro, forma alargada y achatada por los lados, irregularidades en su superficie con profundos surcos y abultamientos y un calibre mínimo de 8 mm. Poseen, asimismo, un sabor agradable, una textura mantecosa y poco granulosa, piel blanda y fina adherida al grano y una gran finura al paladar.
Zona Geográfica
La zona de producción de los productos amparados está formada por los términos municipales de Escacena del Campo, Paterna del Campo, Manzanilla, Villalba del Alcor, La Palma del Condado y Villarrasa (todos ellos en la provincia de Huelva), y los de Castilleja del Campo, Aznalcóllar, Sanlúcar la Mayor, Albaida del Aljarafe y Olivares (en la provincia de Sevilla).
Fases específicas que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida
La única fase específica de producción a realizar dentro de la zona geográfica será la de producción en campo del garbanzo.
Etiquetado
En las etiquetas comerciales propias de cada firma comercializadora figurará, obligatoriamente, la mención Indicación Geográfica Protegida «Garbanzo de Escacena», e irá acompañada del logotipo propio de la I.G.P. Los envases llevarán unos precintos de garantía que irán numerados y serán expedidos por el Consejo Regulador.
Órgano de Gestión
- Publicación de la solicitud de registro y el Documento Único (DOUE C 300/14 de 05-10-12)
- Inscripción en el registro comunitario por R (UE) 868/2013 de 04-09-13 (DOUE L 242 de 11-09-13)
Fuente: http://www.magrama.gob.es/es/alimentacion/temas/calidad-agroalimentaria/calidad-diferenciada/dop/legumbres/DOP_Garbanzo_de_Escacena.aspx