EL CULTIVO

La zona de producción de los productos amparados por la Indicación Geográfica Protegida «Garbanzo de
Escacena» se encuentra en la antigua comarca histórica conocida como «El Campo de Tejada». Es una campiña comprendida en la Depresión del Guadalquivir, siendo sus límites naturales Sierra Morena, por el Norte, y la CN-431 Sevilla-Huelva, por el Sur.

Dentro de esta zona el «Garbanzo de Escacena» sólo se cultivará en parcelas que tengan suelo de
tipo Vertisol topoformo, también conocido como «tierras negras» o «barros» en la provincia de Huelva, y como«tierras de bujeo» en la provincia de Sevilla.

Son suelos muy profundos, de alto contenido arcilloso (montmorillonitas principalmente) y que debido a la poca ondulación del terreno, tienen problemas de drenaje, presentando una gran capacidad de retención de humedad y una alta riqueza en bases.

Se cultivará en alternancia. Se permitirá el riego cuando sea necesario para asegurar la nascencia y el Consejo Regulador reconozca una situación de déficit hídrico.

Las labores de suelo serán las que conduzcan a tener el suelo limpio de hierbas, muy llano y con estructura adecuada para permitir una buena germinación, admitiéndose la siembra directa.

Se aplicarán abonados de fondo a base de fósforo y potasio cuando no se alcancen los contenidos mínimos exigibles. Los abonos orgánicos se aplicarán con antelación mínima de un año antes de la siembra.

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El período de siembra estará comprendido aproximadamente entre el 1 de enero y el 30 de abril de cada año.
Se podrán utilizar los productos fitosanitarios que estén autorizados en el cultivo del garbanzo.
Se recolectará cuando la planta alcance la madurez fisiológica y la humedad del grano esté por debajo del 13%.

Cuando la cosecha recogida presente un contenido en impurezas superior al 6% o una humedad por encima del 14%, se efectuará una prelimpieza inmediatamente después de la recolección y antes de su almacenamiento. Cuando sea necesario disminuir la humedad se recurrirá exclusivamente a métodos naturales (exposición al sol hasta que ésta descienda a menos del 14%).

En esta etapa de almacenamiento se realizará un tratamiento antigorgojo en los 10 primeros días desde la fecha de recolección, salvo que dentro de este período se transporte a una industria envasadora.

Los almacenes deberán estar limpios, secos, en buen estado de conservación y convenientemente aireados.

Se garantizará la separación de los garbanzos de otros productos almacenados, se evitará la mezcla de garbanzos de diferentes partidas y se mantendrán debidamente alejados de materiales susceptibles de generar contaminación.

En las industrias envasadoras, se realizarán los siguientes procesos y en el siguiente orden:

 

  • Control de calidad a la entrada de los garbanzos que se reciban, encaminado a homogeneizar los
    diferentes lotes. Consistirá en la determinación del calibre, % de impurezas, dureza y finura.

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  • Limpieza y eliminación de cuerpos extraños mediante máquina prelimpiadora con cribas cerradas y corriente de aire.

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  • Tratamiento antigorgojo en los 30 primeros días desde la recolección si no lo hubiera recibido en
    almacén.

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  • Cribado y calibrado en cribas de pica redonda.

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  • Eliminación de granos defectuosos en mesa densimétrica.

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  • Envasado en envases de hasta 5 kilogramos.

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  • Control de calidad final sobre envases y producto (calibre, impurezas y grano partido).

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  • Colocación de las contraetiquetas expedidas por el Consejo Regulador.

Los garbanzos secos se podrán comercializar hasta dos años y medio después desde el fin de la recolección. Queda excluida la comercialización de garbanzo a granel amparado por la Indicación Geográfica Protegida.